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Hoy en día, el matrimonio entre un ciudadano polaco y un extranjero no es inusual. Por ello, cada vez con más frecuencia aparecen en los expedientes judiciales los siguientes casos casos de divorcio, en el que una de las partes es extranjero. He tenido la oportunidad de llevar varios casos de este tipo y en el post de hoy quiero responder a algunas de las preguntas más frecuentes que se hacen los cónyuges decididos a separarse.
Esta es la primera pregunta a la que hay que responder cuando se toma una decisión sobre el divorcio con cónyuge extranjero. En el caso de que los cónyuges sean ciudadanos polacos y residan aquí, la cuestión es sencilla: el tribunal competente para el caso de divorcio será un tribunal polaco. En un post anterior, analicé la situación cuando uno de los cónyuges vive fuera de Polonia - entrada disponible aquí.
La situación es diferente en el caso de divorcio con un extranjero. También es necesario determinar si nuestro cónyuge procede de un Estado miembro Unión Europea o no.
Para determinar en qué país debe tener lugar el procedimiento de divorcio en caso de divorcio con un cónyuge nacional de un Estado miembro de la Unión Europea ir a Reglamento (CE) n° 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental .
Así pues, de conformidad con el citado Reglamento, serán competentes los tribunales del Estado miembro en cuyo territorio esté situada la jurisdicción:
Si el cónyuge es extranjero no comunitario, Para determinar el país en el que debe tener lugar el procedimiento judicial, es necesario remitirse a las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Según el apartado 1 del artículo 1103 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, un tribunal polaco será competente cuando:
Hay que tener en cuenta que, en los casos mencionados, el asunto también puede estar pendiente en otro país. En caso de que los cónyuges presenten la demanda de divorcio en distintos Estados, es importante en qué Estado se inició primero el procedimiento, ya que será allí donde se tramitará el asunto.
La determinación de que un caso puede proceder ante un tribunal polaco no significa que el tribunal siempre aplicará la ley polaca. Puede ocurrir que, de conformidad con las normas anteriores, el caso se presente ante un tribunal polaco, pero se aplique el derecho sustantivo de otro país.
Según el Derecho Internacional Privado, la disolución del matrimonio está sujeta a la ley paterna común de los cónyuges en el momento de la solicitud de disolución del matrimonio. A falta de ley nacional común de los cónyuges, se aplicará la ley del Estado en el que ambos cónyuges tengan, en el momento de la solicitud de disolución del matrimonio residencia, o, si los cónyuges no tienen su residencia habitual común en el momento en que se solicita la disolución del matrimonio, la ley del Estado en el que ambos cónyuges tenían su residencia habitual. último lugar de residencia habitual común, si uno de ellos sigue teniendo allí su residencia habitual. Si la ley aplicable no puede determinarse con arreglo a las normas anteriores, se aplicará la ley polaca a la disolución del matrimonio.
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