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El pronunciamiento del divorcio por el tribunal no implica la ruptura de todas las relaciones entre los cónyuges. Aunque las partes ya no estén casadas, pueden seguir teniendo una obligación de alimentos entre sí. La pensión alimenticia de un ex cónyuge puede solicitarse en varios casos.
La cuestión de la pensión alimenticia está estrechamente vinculada a la determinación de la culpa por ruptura matrimonial. He escrito en entradas anteriores que, con el acuerdo de las partes, el tribunal puede abstenerse de hacer una declaración de culpabilidad, de lo contrario la sentencia de divorcio siempre incluirá una declaración de culpabilidad, Cuál de los cónyuges es el culpable de la ruptura del matrimonio.
Sobre la obligación de alimentos entre cónyuges en caso de divorcio sin declaración de culpabilidad He escrito un post aparte consecuencias del divorcio sin declaración de culpabilidad
En caso de sentencia de divorcio por culpa exclusiva de uno de los cónyuges el otro cónyuge puede solicitar una orden de alimentos en su propio nombre si el divorcio ha dado lugar a un deterioro material de su situación financiera. El cónyuge inocente tiene que demostrar que tras el divorcio su situación económica será peor que durante el matrimonio, y que este deterioro es material.
„A la hora de valorar si se ha producido un empeoramiento material de la situación material del cónyuge inocente (artículo 60.2 del Código Civil), es necesario tener en cuenta las condiciones materiales de dicho cónyuge que hubiera tenido si el otro cónyuge hubiera cumplido debidamente con sus obligaciones y si los cónyuges hubieran seguido conviviendo.” Resolución del Pleno de la Sala de lo Civil y Administrativo del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 1987, III CZP 91/86
Cuando el divorcio se haya pronunciado por culpa exclusiva de uno de los cónyuges, obligación de mantenimiento no está limitada por ningún plazo. Por tanto, puede durar toda la vida. La obligación cesa si el cónyuge con derecho a pensión alimenticia contrae nuevo matrimonio. Un cónyuge declarado culpable exclusivo de la ruptura del matrimonio no puede reclamar alimentos a un cónyuge inocente.
Si, por el contrario, el tribunal determina a su juicio que ninguno de los cónyuges es culpable de la ruptura de la relación matrimonial o a petición conjunta de las partes no se pronunció sobre la culpabilidad, Entonces, al igual que en el caso de culpa por ambas partes, los ex cónyuges sólo pueden reclamarse mutuamente una pensión alimenticia si se encuentran en una situación de privación. Sin embargo, en esta situación, la duración de la obligación de alimentos es diferente. La obligación tiene una duración de 5 años a partir de la firmeza de la sentencia. En circunstancias excepcionales, el tribunal puede ampliar este período. Por supuesto, si el cónyuge con derecho a recibir alimentos contrae un nuevo matrimonio, también cesará la obligación de alimentos.
¡Recuerda!
La obligación de alimentos cesa cuando el cónyuge con derecho a recibir alimentos contrae un nuevo matrimonio. La celebración de un nuevo matrimonio por el cónyuge obligado no le exime de la obligación de alimentos para con su ex cónyuge.
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